Si en la madrugada o después de las 22:00 horas recibes llamadas de despachos de cobranza exigiendo un pago bajo amenazas, es importante que sepas lo que sí y lo que no pueden hacerte.La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) explicó que los despachos de cobranza no pueden llamar a cualquier hora, pero sí pueden comunicarse contigo “de manera respetuosa, de lunes a viernes y en días hábiles, entre las 07:00 y las 22:00 horas”.Pero hay algunas acciones que no pueden hacer esos despachos, porque de hacerlo cometen prácticas comerciales abusivas y coercitivas, lo que es contrario al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, las cuales pueden denunciarse ante la Profeco.Esas 11 acciones que no pueden llevar a cabo porque son contrarias a la ley, son:1.- Dirigirse a personas que no sea el cliente.2.- Usar lenguaje ofensivo, acosar, amedrentar, intimidar o amenazar a sus clientes.3.- Utilizar cartelones o anuncios en el exterior del domicilio del deudor ....