Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) modificaron el Decreto 17 del 21 de junio de 2021, que establece la reglamentación para el financiamiento de las iniciativas ciudadanas pro constituyente paralela. El principal cambio que hicieron está dirigido al artículo 15 del documento en mención, para ampliar los términos para la apertura de la respectiva cuenta bancaria. No obstante, se advierte que no habrá extensión de plazo si esta no se abre en el tiempo oportuno. En un principio, el artículo 15 señalaba que las organizaciones que impulsan las iniciativas tenían un plazo de 15 días para abrir una cuenta para recaudar fondos; además, se les exigía que a los 30 días de la entrada en vigencia del decreto remitieran un informe pormenorizado de todos los ingresos y gastos de la iniciativa ciudadana.