Por: Redacción Vivir Bien La sentencia detalla que no será necesario demostrarles a los médicos que se padece una enfermedad terminal para acceder a lo que denomina “homicidio por piedad”. Los magistrados consideraron que era necesario ampliar los requisitos porque no existe una reglamentación clara y eso impone barreras legales a quienes quieren acceder al procedimiento. Además, señalaron que no ha sido aprobado ningún proyecto de los que se han presentado en el Congreso para establecer esos requisitos de ley y que “mantener las condiciones como estaban, podría perpetuar y agravar esas barreras para acceder al derecho a morir dignamente”, detalló El Espectador.