salieron a decir que no veían nada de inconstitucional, por cuanto aquí decretos ejecutivos,
habían transformado la legislación laboral, esto es la relación entre empleador y trabajador. Para citar un ejemplo: La suspensión de los contratos de trabajo y que el Estado, a través del Gobierno, tenía facultades legales para suspender garantías constitucionales.
En primer lugar, se deben tener, bien claro, dos cosas: Derecho y Sociología no pueden caminar divorciados, a como
tampoco el Derecho y la Psicología y, mucho menos, Derecho y valores jurídicos (Axiología Legal o Jurídica).