Personas de 60 años de edad o más.
Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.
Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
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También pueden excusarse quienes contempla la ley:
Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.