Miércoles 4 de agosto de 2021, p. 7
El Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana refutó lo dicho por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y le recordó que la Ley de Amparo obliga a la Junta Especial 10, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), a cumplir con el fallo ordenado por el décimo segundo tribunal colegiado en materia laboral del primer circuito, el cual dejó sin efecto el laudo que establecía que el gremio adeudaba pagos por 54 millones de dólares.
Nahir Velasco, coordinador jurídico del gremio, señaló que “no existe en la Ley de Amparo y en la Ley Federal de Trabajo el concepto jurídico llamado ‘ajustes’”. Y en el caso concreto, según el acuerdo publicado el lunes pasado, la JFCA