Por: Redacción Vivir Bien
La sentencia detalla que no será necesario demostrarles a los médicos que se padece una enfermedad terminal para acceder a lo que denomina “homicidio por piedad”.
Los magistrados consideraron que era necesario ampliar los requisitos porque no existe una reglamentación clara y eso impone barreras legales a quienes quieren acceder al procedimiento.
Además, señalaron que no ha sido aprobado ningún proyecto de los que se han presentado en el Congreso para establecer esos requisitos de ley y que
“mantener las condiciones como estaban, podría perpetuar y agravar esas barreras para acceder al derecho a morir dignamente”, detalló El Espectador.
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