Una vez finalizó el estado de alarma, la potestad para autorizar o no medidas como la limitación de movilidad nocturna o los cierres perimetrales recae en los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas
Una vez finalizó el estado de alarma, la potestad para autorizar o no medidas como la limitación de movilidad nocturna o los cierres perimetrales recae en los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas
Una vez finalizó el estado de alarma, la potestad para autorizar o no medidas como la limitación de movilidad nocturna o los cierres perimetrales recae en los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas
Una vez finalizó el estado de alarma, la potestad para autorizar o no medidas como la limitación de movilidad nocturna o los cierres perimetrales recae en los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas