Cuba: ¿Repicarán las campanas de San Pedro?
El uso de la fuerza legítima implica disponer medidas armadas, no solo las retorsivas. Ello es consistente con la idea de un Estado de Derecho. Es el predicado del sistema internacional que se establece luego de la Segunda Gran Guerra del siglo XX, bajo el paraguas de la Carta de San Francisco. Esta solo proscribe la fuerza unilateral arbitraria, obligando a los Estados resolver pacíficamente sus entuertos recíprocos.
Pero admite el derecho internacional el uso de la fuerza militar o de otro género no solo para la legítima defensa, sino ante situaciones de violencia interior que reclamen la acción policial de las organizaciones universales y regionales, salvaguardando el principio de orden público que nos lega la tragedia del Holocausto, a saber, el del respeto de la dignidad inalienable de la persona humana.
EE UU repondría internet en Cuba - El Diario de Yucatán
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