El secreto profesional es un derecho Augusto Pérez-Cepeda PUNTO DE VISTA «secreto profesional» de nuestra profesión no es una mera obligación;
es un derecho de la ciudadanía que recoge la Constitución sobre la tutela judicial efectiva de jueces y tribunales, protegiendo así el derecho de defensa. No es un capricho de la profesión; es un derecho constitucional, que además recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y parece que es necesario recordarlo ante el
Real Decreto 243/2021, de 6 de abril, a través del que se modifica el reglamento general de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria. Este real decreto impone un deber de información a los denominados «intermediarios», entre los que se incluye a la abogacía. Este documento aplica normativa europea y la adapta para su implantación, pero la manera escogida de hacerlo limita el secreto profesional de un modo inadmisible.
La Abogacía reclama la suspensión cautelar del nuevo reglamento de inspección tributaria
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La Abogacía reclama al Tribunal Supremo la suspensión cautelar del nuevo reglamento de inspección tributaria por vulnerar el principio de secreto profesional - El Derecho
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Crisi di governo | Conte | Italia Viva si è assunta gravi responsabilità
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