Continúa vacunación a docentes y no docentes.
El citado DNU estableció esa herramienta para centralizar el “pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud fÃsica, como consecuencia directa de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19”.
En el texto se precisó que serán potenciales beneficiarias del resarcimiento “todas las personas humanas a las que se les hubiera suministrado una vacuna contra la COVID-19 en el territorio nacional, provista en virtud de contratos de suministros suscriptos en el marco de la presente ley (27.573) por el Ministerio de Salud de la Nación o de las jurisdicciones que adhieran a este régimen de Fondo de Reparación COVID-19, en el marco del artÃculo 12 bis de esta ley”.
Ministry-of-health-the-nation-or
Commission-of-security
Fund-to
தரகு-ஆஃப்-பாதுகாப்பு
நிதி-க்கு