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Tras acoger un recurso de protección, la Corte Suprema dio a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un plazo de 90 días para concluir el procedimiento administrativo iniciado por denuncia ciudadana, presentada en agosto del año pasado, sobre la pertinencia de someter al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) los proyectos de monocultivos desarrollados por la empresa Forestal Arauco SA, en las inmediaciones del Parque Nacional Nonguén, en la Región del Biobío.
En la sentencia (causa rol 6.729-2021), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y los abogados integrantes Álvaro Quintanilla y Jorge Lagos– dio lugar al arbitrio presentado por organizaciones sociales, ONG y vecinos de Concepción, Penco y Chiguayante, al aplicar el principio cautelar de rango constitucional, que impone la obligación de velar por el derecho de la ciudadanía a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

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